PERMISO DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA

REGULAR EL USO DE VÍAS PÚBLICAS O ÁREAS DE USO COMÚN PARA REALIZAR ACTIVIDADES COMERCIALES O DE SERVICIOS.

1) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 6o. A Fracción II, Artículo 8o.
2) Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Artículo 27, Fracciones I y II.
3) Código Financiero del Estado de México y Municipios. Artículos 154 y 154 BIS.
4) Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios. Artículos 1, 2, Fracción II; 5, Fracción VIII; 20, 45, 68, 69, 70.
5) Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.
6) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículos 113, 119, 121, 122, 123 y 124.

Sin costo.

Conceptos Cálculo Costos
Puestos fijos, semifijos o comerciantes ambulantes por cada metro cuadrado o fracción. 0.01 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. 0.86
Locales en mercados públicos municipales, por cada metro cuadrado o fracción. 0.01 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. 0.86
Máquinas accionadas por monedas, fichas o cualquier otro mecanismo, expendedoraas de cualquier tipo de productos y/o prestadoras de servicios, por máquina. 0.050 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. 4.34
Lugar de Pago Formas de Pago
Banco
  • Efectivo
  • Tarjeta de crédito
  • Tarjeta de débito
En Línea
  • Efectivo
  • Tarjeta de crédito
  • Tarjeta de débito

1.- El ciudadano se presenta en la Jefatura de Vía Pública y entrega documentación requerida.
2.- Se realiza orden de pago de derechos emitida por la Tesorería Municipal (en su caso).
3.- El contribuyente realiza el pago en cajas de Tesorería Municipal (en su caso).
4.- Documentación correcta se entrega Cédula de Identificación.
5.- Documentación incorrecta se subsanan las observaciones y vuelve a agendar cita para validación.
6.- Generar orden de pago de derechos.
7.- Realizar el pago de derechos.
8.- Agendar cita para validar documentación.
9.- Documentación correcta se entrega Cédula de Identificación.
10.- Documentación incorrecta se subsanan las observaciones y vuelve a agendar cita para validación.

Instituciones Públicas
Requisitos Original Copia Tipo de requisito Fundamento jurídico
Comprobante de domicilio para recibir notificaciones. No Si (1) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Oficio dirigido a la jefatura de vía pública, que contenga todo lo relacionado con el puesto (días, horas, domicilio, giro, metros). Si Si (1) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Fotografía infantil a color. Si No (0) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal. (INE, pasaporte, cédula profesional). Si Si (1) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Persona Jurídico Colectiva
Requisitos Original Copia Tipo de requisito Fundamento jurídico
Comprobante de domicilio para recibir notificaciones. No Si (1) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Oficio dirigido a la jefatura de vía pública, que contenga todo lo relacionado con el puesto (días, horas, domicilio, giro, metros). Si Si (1) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Fotografía infantil a color. Si No (0) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal. (INE, pasaporte, cédula profesional). Si Si (1) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Persona Física
Requisitos Original Copia Tipo de requisito Fundamento jurídico
Comprobante de domicilio para recibir notificaciones. No Si (1) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Oficio dirigido a la jefatura de vía pública, que contenga todo lo relacionado con el puesto (días, horas, domicilio, giro, metros). Si Si (1) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.
Fotografía infantil a color. Si No (0) Obligatorio Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.1)
Identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal. (INE, pasaporte, cédula profesional). Si Si (1) Obligatorio 1) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México. Artículo 123.