Convocatoria del Programa Social Municipal "Bienestar Joven"

Consiste en incentivos económicos para estudiantes de Educación Superior, que abarca de los 18 a 29 años de edad, asimismo, en que los beneficiarios realicen actividades en las que se apropian de los espacios públicos de una manera sana y en conjunto.

1) Artículo 20 apartado C fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 párrafo II de la Ley General de Salud; 9 fracción IX párrafo III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 12 fracción XII, 17 párrafos XIX y XXI de la Ley de Educación del Estado de México; 9, 10, 11, 13, 21, 22 y 23 de la Ley de Juventud del Estado de México; 92, 93 y 94 del Bando Municipal (vigente) de Tultitlán, Estado de México y 294 y 295 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Tultitlán, Estado de México.

Sin costo.

No aplica.

Persona Física
Requisitos Original Copia Tipo de requisito Fundamento jurídico
Estar domiciliadas en el municipio de Tultitlán. No Si (1) Obligatorio 1) Artículos 43, 44 45, 46 y 47 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión se Sujetos Obligados