Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente

Establecer las medidas adoptadas para la poda, derribe, trasplante o sustitución de árboles en áreas urbanas apegados a la preservación y cuidado ambiental.

DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE

Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente

UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE

Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente

TIPO

Servicio

CASOS EN LOS QUE EL TRÁMITE O SERVICIO DEBE REALIZARSE

En caso de que se requiera inspección, para la poda, derribe, trasplante o sustitución de árboles.

SE REALIZA EN LÍNEA

Sí, en la Dirección web https://tramites.tultitlan.gob.mx/gestion/pub/tramites

FUNDAMENTO LEGAL

1) Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. Artículo 8.
2) Constitución Política Libre y Soberana de México. Artículos 18 y 123.
3) Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios. Artículos 1, 2 Fracción II, 5 Fracción VIII, XI, 20, 45, 68, 69, 70.
4) Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Artículo 31, Fracción XXIII.
5) Reglamento de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.
6) Código Administrativo del Estado de México, Artículos 5.17, 5.19 y 5.26, Fracción VII.
7) Norma Técnica Estatal Ambiental, (NTEA 018
SeMAGEM DS 2017).
8) Bando Municipal de Tultitlán, Estado de México, Artículo 75.

OFICINA

ecología

HORARIOS DE ATENCIÓN

lunes a sábados De 9:00 a 18:00 horas y de 9:00 a 13:00 horas

CONTACTO

5558884845

1. El ciudadano se presenta en la ventanilla única de recepción y entrega documentación requerida.
2. Se turna documentación al Área de Medio Ambiente para su revisión.
3. El Área de Inspección de Medio Ambiente realiza inspección en el lugar referido.
4. Se genera documento de autorización o rechazo, aprueba, firma y turna para su entrega.
5. Se entrega al ciudadano el documento de autorización o rechazo.
6. Registra usuario, inicia sesión y asigna folio del trámite.
7. Escanea y adjunta requisitos en formato digital.
8. Se validan requisitos cargados y solicitud, en caso de tener detalles pide al ciudadano solventar.
9. Se elabora documento de autorización o rechazo para su validación, éste es firmado y aprobado.
10. Se realiza cita para obtener el documento de autorización o rechazo.
11. Se entrega el documento de autorización o rechazo.

Requisitos Original Copias Tipo de requisito
1 Formato único de solicitud debidamente llenado. Sí (1) Obligatorio
4 Fotografías de la afectación del árbol. No (0) Obligatorio
5 Identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal. (INE, pasaporte, cédula profesional). No Sí (1) Obligatorio

No aplica.

No aplica.

FUNDAMENTO JURÍDICO

1)Articulo 8 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.

DURACIÓN DEL TRÁMITE

15 Minuto(s)

TIEMPO DE RESPUESTA

3 Día(s) hábil(es)

CRITERIOS DE RESOLUCIÓN

1) Permiso para la Poda, derribe, Trasplante o Sustitución del Arbolado.

COSTO

Gratuito.

FormatoTipo_27_2.pdf

: ¿Tiene algún costo?

: No

: ¿Hasta que altura el interesado puede llevar acabo el mantenimiento del arbolado sin solicitar permiso?

: De acuerdo al bando Municipal siempre y cuando no rebase los 3 metros de alto.

: ¿El Ayuntamiento se puede hacer cargo de la poda, derribe, trasplante o sustitución cuando el árbol esta dentro del predio?

: El Ayuntamiento solo se hace cargo del arbolado que se encuentra en vía publica.